Carné de Pensionista

Aplicamos mejoras a la tramitación del carné de pensionista.

Reducimos la documentación necesaria a presentar para obtener el carné de pensionista e incorporamos la opción de hacer la solicitud online desde nuestra web.

El carné de pensionista es un carné personal e intransferible, sujeto al régimen de tarificación social acordada por el Consejo de Administración de la Autoridad del Transporte Metropolitano (ATM)

El carné de pensionista permite viajar gratuitamente o adquirir billetes con descuento para viajar en:

  • Líneas de Ferrocarriles de la Generalitat de Cataluña
  • Líneas del metro y los autobuses del área Metropolitana (a excepción del Bus Turístico, Barcelona City Tour, Aerobús, Tranvía Azul, Teleférico de Montjuic, L9 Aeropuerto y Servicios Especiales).
  • Líneas del Trambaix y el Trambesòs.

Las condiciones de gratuidad y los descuentos dependen del tipo de carné otorgado. Encontraréis toda la información sobre donde podéis utilizar el carné de pensionista en los folletos informativos disponibles en esta web y en las preguntas frecuentes.

Normas de uso

El carné de pensionista es personal e intransferible.

No es válido si no va acompañado del pase, tarjeta o billete correspondiente.

El uso indebido del carné y/o pase de pensionista será sancionado y puede comportar su retirada.

Criterios para solicitar nuevas altas y renovaciones de carnés posteriores al 1 de enero del 2014
carnet a

Carné A:

  • Personas de 65 años o más empadronadas en la demarcación de Barcelona, con unos ingresos personales* (pensiones, ayudas, rentas, etc.) inferiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
  • Personas menores de 65 años con un grado de discapacidad del 33% o más empadronadas en la demarcación de Barcelona, y con unos ingresos personales* (pensiones, ayudas, rentas, etc.) inferiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
carnet b

Carné B:

  • Personas de 65 años o más empadronadas en la demarcación de Barcelona, con unos ingresos personales* (pensiones, ayudas, rentas, etc.) superiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) y menores del doble del IPREM.
  • Personas menores de 65 años con un grado de discapacidad del 33% o más empadronadas en la demarcación de Barcelona, y con unos ingresos personales* (pensiones, ayudas, rentas, etc.) superiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) y menores del doble del IPREM.

Las personas con una renta personal que supere el doble del IPREM, aunque cumplan con los otros requisitos, no pueden obtener el carné de pensionista de FGC.

*El cálculo de los ingresos de la renta personal se obtiene del resultado de dividir los ingresos conjuntos de la unidad familiar (cónyuges e hijos menores de 18 años) entre el número de miembros.

Documentación necesaria

Podéis rellenar el formulario de solicitud y marcar la casilla para autorizarnos a consultar los datos necesarios por otras administraciones. Con esta autorización, desde FGC podremos consultar internamente vuestros datos.

En el caso de que NO se autorice la consulta de datos de otras administraciones, debéis aportar junto con la hoja de solicitud:

  • La fotocopia del DNI o NIE.
  • La fotocopia del padrón de convivencia donde consten todos los miembros de la unidad familiar.
  • Para menores de 65 años, la fotocopia del certificado acreditativo de la discapacidad que expide el Departamento de Derechos Sociales o de la tarjeta acreditativa de la discapacidad, conforme tiene un grado igual o superior al 33%.
  • El certificado de la pensión mensual del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) del año en curso o el certificado negativo conforme no se reciben prestaciones.
  • La fotocopia de la declaración de la renta de las Personas Físicas conjunta o individual, que indique los ingresos de toda la unidad.
Criterios para solicitar renovaciones de carnés anteriores al 31 de diciembre del 2013
carnet a

Carné A:

  • Personas de 65 años o más con unos ingresos por pensión iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional o que no reciben ninguna pensión.
  • Personas menores de 65 años con un grado de discapacidad del 33% o más y con unos ingresos por pensión iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional o que no reciben ninguna pensión.
carnet b

Carné B:

  • Personas de 65 años o más con unos ingresos por pensión superiores al salario mínimo interprofesional.
  • Personas menores de 65 años con un grado de discapacidad del 33% o más y con unos ingresos por pensión superiores al salario mínimo.
Documentación necesaria

Podéis rellenar el formulario de solicitud y marcar la casilla para autorizarnos a consultar los datos necesarios por otras administraciones. Con esta autorización, desde FGC podremos consultar internamente vuestros datos.

En el caso de que NO se autorice la consulta de datos de otras administraciones, debéis aportar junto con la hoja de solicitud:

  • La fotocopia del DNI o NIE.
  • Para menores de 65 años, la fotocopia del certificado acreditativo de la discapacidad que expide el Departamento de Derechos Sociales o de la tarjeta acreditativa de la discapacidad, conforme tiene un grado igual o superior al 33%.
  • El certificado de la pensión mensual del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) del año en curso o el certificado negativo conforme no se reciben prestaciones.
Cómo se puede solicitar?
1. Pago

El importe asociado a la gestión y tramitación del carné de pensionista es de 5 €

Para vuestra comodidad, disponéis de tres métodos para hacer el pago:

  • Domiciliación bancaria. Solo tendréis que incluir los datos bancarios en la hoja de solicitud. Esta opción permite firmar la hoja y hacer la tramitación sin tener que desplazarse y no se hará el cargo hasta tramitar el carné.
  • A las estaciones de FGC: Con la ayuda del agente de estaciones podéis pagar mediante la máquina expendedora con tarjeta bancaria o en efectivo. La máquina proporcionará un justificante que hay que adjuntar al resto de documentación a presentar.
  • ServiCaixa: Podéis hacer el pago en cualquier ServiCaixa de CaixaBank o a través de la web intermediando el código de barras incluido a la hoja de solicitud y enviar el original del justificante de pago junto con el resto de la documentación para presentar.
  • Solicitud en la web de FGC: Podéis tramitar la solicitud y hacer el pago del carné de pensionista de FGC mediante el formulario que encontraréis en el apartado “Tramitación en la web de FGC” al momento con tarjeta bancaria o pagar después por Servicaixa.
2. Tramitación en la web de FGC

Infórmate de todo lo que necesitas para hacer la solicitud del carnet de pensionista de FGC en línea. En el siguiente vídeo explicamos paso a paso cómo lo puedes hacer. También puedes acceder a la guía donde explicamos el paso a paso en PDF.

web pagament

Acceded al trámite en línea de solicitud del carné de pensionista. Podéis tramitar la solicitud y hacer el pago del carné de pensionista de FGC mediante el siguiente formulario.

3. Tramitación mediante el formulario en papel

Cualquier agente de estaciones de FGC os puede facilitar la hoja de solicitud en cualquier estación de las líneas Barcelona-Vallès o Llobregat-Anoia.

También tenéis a vuestra disposición un sobre de franqueo a destino en cualquier estación de FGC de las líneas Barcelona-Vallès o Llobregat-Anoia.

Enviar por correo postal dentro del el sobre de franqueo a destino y sin necesidad de desplazaros, la hoja de solicitud con los datos y toda la documentación acreditativa requerida.

4. Recepción

El Carné de Pensionista se enviará por correo ordinario a la dirección postal indicada en la hoja de solicitud.

Si en el plazo de un mes no recibís vuestro carné, podéis consultar el estado del trámite llamando al 012 o mediante el formulario de consultas al web de FGC.

Folletos informativos

Si queréis conocer toda la información asociada al carné de pensionista podéis acceder a los folletines informativos siguientes:

Logo PDF justificant

Renovación (carnets anteriores al 31 de diciembre de 2013)

Logo PDF justificant

Obtención y renovación (carnets posteriores al 1 de enero de 2014)

Preguntas frecuentes

En el caso de pérdida o robo del carné, será necesario solicitar una renovación con el formulario, la documentación, el pago y aportar también la denuncia correspondiente.
FGC se reserva el derecho de revisar y denegar las solicitudes de duplicados por pérdida y robo.

Podéis pedir una reexpendición al agente de estación de cualquier estación de FGC aportando el pase defectuoso y el carné de pensionista. El agente retirará el pase defectuoso y facilitará la reexpendición con la misma caducidad del original.

En el supuesto de que no funcione el carné de pensionista (las máquinas no leen la banda magnética o contactless) podéis hacer una reclamación mediante el formulario de reclamaciones en el web de FGC o bien, solicitar cita previa* para ser atendido a la oficina de confección de carnés de pensionista, en la calle de la Avenir n.º 6, de Barcelona, donde se hará el duplicado.

*Podéis solicitar cita previa aquí

Si en el plazo de un mes no habéis recibido vuestro carné, podéis consultar el estado del trámite llamado al 012 o mediante el formulario de consultas al web de FGC

Podéis enviar los documentos solicitados por correo ordinario dentro de los sobres de franqueo disponibles en las estaciones de FGC o escaneados a la dirección de correo electrónico [email protected] indicando vuestro DNI, nombre y apellidos.

Sí, ahora ya puedes solicitar nuevas altas y renovar tu carné de pensionista desde nuestra web. Infórmate en el apartado “2. tramitación en la web de FGC” de esta misma página.

Para obtener o renovar vuestro carné de pensionista no hace falta que os desplacéis, podéis hacer el trámite de solicitud desde nuestra web (infórmate en el apartado “2. Tramitación en la web de FGC” de esta misma página) o enviar el formulario y documentación requerida por correo postal sin ningún coste adicional con los sobres de franqueo a destino disponibles a las estaciones de FGC.

Si a pesar de esto, necesitáis ser atendidos a la oficina de confección de carnés, tenéis que pedir cita previa en el siguiente enlace.

Los requisitos personales y económicos para obtener y para renovar el carné pensionista se revisan con cada solicitud.

Si vuestras condiciones económicas han cambiado (recibir nuevas prestaciones, aumento o reducción de los ingresos) es posible que cambie el tipo de carné que os corresponde.

Si tenéis dudas sobre cómo se hace el cálculo de los ingresos podéis consultar la pregunta frecuente siguiente: “¿Cómo puedo calcular los ingresos para conocer si tengo derecho al carné pensionista y de qué tipo?”.

Nuevas altas y renovaciones posteriores al 1 de enero del 2014

Carné A:

  • Personas de 65 años o más con unos ingresos personales* (pensiones, ayudas, rentas, etc.) inferiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
  • Personas menores de 65 años con un grado de discapacidad del 33% o más y con unos ingresos personales* (pensiones, ayudas, rentas, etc.) inferiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

Carné B:

  • Personas de 65 años o más con unos ingresos personales* (pensiones, ayudas, rentas, etc.) superiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) y menores del doble del IPREM.
  • Personas menores de 65 años con un grado de discapacidad del 33% o más y con unos ingresos personales* (pensiones, ayudas, rentas, etc.) superiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) y menores del doble del IPREM.

Las personas con una renta personal que supere el doble del IPREM, aunque cumplan con los otros requisitos, no pueden disfrutar del carné de pensionista de FGC.

El indicador público de renta a efectos múltiples (IPREM) 2023, de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 tendrá las siguientes cuantías:

  • El IPREM mensual, 600,00 euros.
  • El IPREM anual (14 pagas), 8.400,00 euros

El cálculo de los ingresos de la renta personal se obtiene del resultado de dividir los ingresos (renta y prestaciones) conjuntos de la unidad familiar (cónyuges e hijos menores de 18 años) entre el número de miembros.

Renovaciones anteriores al 31 de diciembre del 2013

Carné A:

  • Personas de 65 años o más con unos ingresos por pensión iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional o que no reciben ninguna pensión.
  • Personas menores de 65 años con un grado de discapacidad del 33% o más y con unos ingresos por pensión iguales o inferiores al salario mínimo interprofesional o que no reciben ninguna pensión.

Carné B:

  • Personas de 65 años o más con unos ingresos por pensión superiores al salario mínimo interprofesional.
  • Personas menores de 65 años con un grado de discapacidad del 33% o más y con unos ingresos por pensión superiores al salario mínimo interprofesional.

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) según información publicada en el BOE 39, del miércoles 15 de febrero de 2023 que recoge “el artículo 1, cuantía del salario mínimo interprofesional del Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el 2023”. El SMI, con carácter retroactivo a 1 de enero de 2023, se corresponde con las siguientes cuantías:

  • SMI mensual, 1.080 euros.
  • SMI anual, 15.120 euros.

Los títulos de tarificación social se mantendrán funcionando como lo hacen actualmente hasta el despliegue total de la T-movilidad. En el supuesto de que se modifique el funcionamiento del carné de pensionista, se efectuarán las comunicaciones necesarias para garantizar que las personas usuarias estén informadas.

Sí, siempre y cuando presente una autorización firmada por el titular y, si lo hace en papel, el formulario de solicitud también debe estar firmado por el titular de la tarjeta.